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sábado, 6 de julio de 2013
miércoles, 19 de junio de 2013
Protegernos de nuestros protectores
A estas alturas no podemos creer
que todo lo hacen por nuestro bien,
nos engañan,
nos tratan como a niños,
nos cuentan sus cuentos,
nos meten sus miedos...
No podemos creer
a todos estos salvadores
que guardan nuestra viña
mientras se forran,
estos que se sacrifican por nosotros
y esperan eterno agradecimiento,
estos que se hacen imprescindibles
para que confiemos todo en sus manos.
No nos dejemos engañar
por todos estos salvapatrias,
quieren que sigamos dóciles y sumisos
para seguir cometiendo los abusos.
Dicen que lo hacen
porque nos evitan males mayores
que solo ellos pueden prever.
Dicen que lo hacen
porque merece la pena ceder la libertad,
por nuestra seguridad.
Como en la pesca de arrastre
ya todos somos sospechosos,
penetrados por el miedo
y entregamos nuestra intimidad
por nuestra propia seguridad.
No podemos creerlos
lunes, 17 de junio de 2013
Educar empoderando
1/23
CHEBURASHKA
(héroe de los dibujos animados)
Van corriendo como patos
peatones por los charcos,
la calle como un río va
y la gente se extraña
que yo pueda cantar
en un día tan triste y gris.
Toco el acordeón
a la vista de la gente...
¡Qué pena que mi cumpleaños
tan sólo sea una vez al año!!
martes, 11 de junio de 2013
Glosas a la lex transparentis
Nada de lo que hacemos es desinterasado, aunque lo parezca.
Si dedicamos algún esfuerzo en justificar nuestras obras pretendemos en el fondo explicar el interés que subyace y no confesamos.
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A pesar del dolor inequívoco que la vida tiene por costumbre regalarnos, aún nos restan malditas ganas para infringir castigo a todo aquello que creemos culposo que lo causó.
Tal es aquel resentimiento que el odio causa y que hace daño primero a su portador.
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El virtuoso ascensor social del capitalismo quebró cuerdas y poleas por donde los miserables se afanaban en subir. Aquellos que se instalaron en el ático no precisan ya del ascensor, llegan en helicóptero por decisión divina o estaban allí en lo alto de la torre desde los tiempos de la reconquista.
viernes, 24 de mayo de 2013
El arte de engañar (Lex transparentis)
Hay un acuerdo bastante generalizado de que vivimos en el engaño. En el engaño está el beneficio.
Es cierto que nos hemos podido acomodar a esto para sobrevivir. Vivir la realidad como engaño.
Es cierto que nos hemos podido acomodar a esto para sobrevivir. Vivir la realidad como engaño.
Mientras, por otra parte, el hombre se afana en buscar la verdad para dar sentido a la vida.
Inútil esfuerzo, increíble contradicción. Confundimos realidad y verdad.
Es difícil mentir sin conocer la verdad y si os dijera la verdad, es seguro, que os mentiría.
La verdad no aguanta ser dicha, aunque gusta de repetirse, se escapa como agua entre los dedos. No puede ser apresada
Todos mentimos, si.
Es difícil mentir sin conocer la verdad y si os dijera la verdad, es seguro, que os mentiría.
La verdad no aguanta ser dicha, aunque gusta de repetirse, se escapa como agua entre los dedos. No puede ser apresada
Todos mentimos, si.
Pero lo admirable del auténtico mentiroso es su magnífica irresponsabilidad y su desprecio natural a toda prueba.
Hablamos de cuestiones morales que afectan al individuo pero ¿cómo no? hablamos también de política.
Decía Vallespín el otro día hablando de "realidad y ficción en democracia" que la política, al fin y al cabo, es el arte de gobernar mediante el engaño, y no en las leyes (que también) sino en los comportamientos y en los usos exhibidos.
Hablamos de cuestiones morales que afectan al individuo pero ¿cómo no? hablamos también de política.
Decía Vallespín el otro día hablando de "realidad y ficción en democracia" que la política, al fin y al cabo, es el arte de gobernar mediante el engaño, y no en las leyes (que también) sino en los comportamientos y en los usos exhibidos.
Ahora nos vienen con el camelo de un "ley de transparencia".
Si os digo la verdad, es seguro que os miento
miércoles, 22 de mayo de 2013
lunes, 20 de mayo de 2013
El arte de caminar. Thoreau
Es tan difícil verse a uno mismo como mirar para atrás sin volverse
Henry David Thoreau. (1817-1862)
Caminar 1861
"En el curso de mi vida me he encontrado sólo con una o dos personas que comprendiesen el arte de Caminar, esto es, de andar a pie; que tuvieran el don, por expresarlo así, de sauntering [deambular]: término de hermosa etimología, que proviene de “persona ociosa que vagaba en la Edad Media por el campo y pedía limosna so pretexto de encaminarse a la Sainte Terre”, a Tierra Santa; de tanto oírselo, los niños gritaban: “Va a Sainte Terre”: de ahí, saunterer, peregrino.
Quienes en su caminar nunca se dirigen a Tierra Santa, como aparentan, serán, en efecto, meros holgazanes, simples vagos; pero los que se encaminan allá son saunterers en el buen sentido del término, el que yo le doy.— Hay, sin embargo, quienes suponen que la palabra procede de sans terre, sin tierra u hogar, lo que, en una interpretación positiva querría decir que no tiene un hogar concreto, pero se siente en casa en todas partes por igual. Porque éste es el secreto de un deambular logrado.
Quien nunca se mueve de casa puede ser el mayor de los perezosos; pero el saunterer, en el recto sentido, no lo es más que el río serpenteante que busca con diligencia y sin descanso el camino más directo al mar. Sin embargo, yo prefiero la primera etimología, que en realidad es la más probable. Porque cada caminata es una especie de cruzada, que algún Pedro el Ermitaño predica en nuestro interior para que nos pongamos en marcha y reconquistemos de las manos de los infieles esta Tierra Santa"
martes, 14 de mayo de 2013
La semana y el trabajo, por Juan el centenario
Acaso por eso Juan surcó el umbral de los 100. Nació en Lagunilla (Salamanca) en 1909
Lunes, galvanaLuego, su réplica
Martes, malagana
Miércoles, tormenta
Jueves, mala cuenta
Viernes, para trabajar
Sábado, para cobrar
Domingo, para descansar
Lunes y martes, fiesta en todas partes
Miércoles y jueves, trabajar no se puede
Viernes y sábado, fiestas del año
Y domingo, que trabajar se podía, no era día
lunes, 13 de mayo de 2013
Penitencia o virtud
Los hombres aman más su reputación que su vida.
Defienden más su yo que su existencia física. Es curioso. Pero no es virtud.
Defienden más su yo que su existencia física. Es curioso. Pero no es virtud.
Es el fruto de un egoismo necio que les hace traición.
A veces algunos consiguen hacer pasar esto como si fuera amor a la justicia, cuando es mero culto a su narcisismo. Sólo algunos hombres hacen esto verdaderamente por amor a la justicia.
A veces algunos consiguen hacer pasar esto como si fuera amor a la justicia, cuando es mero culto a su narcisismo. Sólo algunos hombres hacen esto verdaderamente por amor a la justicia.
Dixit. Bonifacio Rivas Portal
martes, 2 de abril de 2013
Principio de indemnidad (en el trabajo)
| Son cerdos pero ¡qué ricos son los cabrones! |
¡Atención, texto jurídico! Puede ser un relato tedioso o muy útil para Vd.
Para proteger al trabajador frente las situaciones de abuso se
ha ido desarrollando fundamentalmente por el Tribunal Constitucional
una garantía especial ante represalias flagrantes del empresario
conocida como “garantía de indemnidad”.
Esta
garantía se encuentra formalmente consagrada en el articulo 4.2.g) del
ET y en el art. 5.c) del Convenio núm. 158 de la OIT, precepto que
expresamente excluye entre las causas válidas de extinción del
contrato de trabajo “el haber planteado queja o participado en un
procedimiento entablado contra un empleado por supuestas violaciones de
leyes o reglamentos o haber presentado un recurso ante la autoridades
administrativas competentes”.
Al hablar de indemnidad o
“derecho a la indemnidad” nos encontramos ante uno de esos términos
que, a priori, asustan y que, sin embargo, conviene tener muy presente
porque la vulneración de tal derecho va a suponer la nulidad de
cualquier decisión del empresario. Esto se debe a que estamos ante un
concepto que entronca directamente con uno de los derechos
fundamentales de toda persona: el derecho a la tutela judicial
efectiva. Pero ¿qué es la indemnidad?
La garantía de indemnidad, de
forma resumida, establece que cualquier acción del empresario que
suponga una forma de represalia ante una queja o participación del
trabajador en una reclamación frente a la empresa, debe ser calificada
como nula.
Como represalia del empresario debemos entender
cualquier acto en perjuicio del trabajador motivado por una
reclamación de éste ya sea un cambio de puesto, una sanción, un
despido, e incluso la no renovación de un contrato temporal. La
nulidad de estos actos significa que no podrán tener ningún efecto, y
así por ejemplo, en caso de despido, el trabajador deberá ser
repuesto en su puesto de trabajo en las mismas condiciones en las que
venía prestando servicio, con pago de los salarios dejados de
percibir desde el despido, y sin posibilidad de que la empresa pague
una indemnización que la libere de la obligación de readmitirl (esto es muy importante en mi caso)
Si
se llega a juicio por vulneración de la garantía de indemnidad, una
vez demostrados unos indicios de que ha existido represalia, va a ser
la empresa quien tenga que demostrar que sus actos no respondían a una
intención de represaliar al trabajador.
Por tanto la garantía de
indemnidad es un derecho con carácter reparador ya que busca restituir
en la integridad de su derecho al trabajador represaliado por el
legítimo ejercicio de su derecho fundamental a la tutela judicial
efectiva, lo que entronca con la doctrina general sobre la nulidad de
las medidas empresariales discriminatorias o lesivas de derechos
fundamentales pero, por otro lado, la garantía de indemnidad tiene
también una clara faceta preventiva, frente al uso de los poderes
empresariales como instrumento de coacción para disuadir a los
trabajadores al acceso a los jueces y tribunales; constituye un
instrumento muy eficaz para ahuyentar en el ámbito de las relaciones
laborales las reticencias de los trabajadores a hacer valer los
derechos que les asisten por la vía judicial por temor a las
represalias.
De ahí que el empresario deba tener especial cuidado al
adoptar cualquier decisión que pueda considerarse perjudicial en
relación con un trabajador que haya ejercitado una acción judicial
frente a la empresa tendente al reconocimiento de un derecho.
Así,
la decisión de la empresa deberá estar, en esos casos, doblemente
justificada, porque contra la misma es probable que el trabajador
alegue que se adopta en represalia por tal reclamación, solicitando
la inmediata nulidad de la misma. En estos casos incumbirá entonces al
empresario la carga de probar que su actuación obedece a motivos
razonables, extraños a todo propósito que atente a un derecho
fundamental.
IMPORTANTE
Para imponer la carga de la prueba, el trabajador ha de
aportar previamente un indicio razonable de que el acto empresarias
lesiona sus derechos. Así el principio de tutela judicial efectiva
tiene límites y no constituye un seguro ilimitado para el trabajador,
al no desplegar sus efectos en todo supuesto imaginable. Así no basta
que el trabajador tilde la decisión impugnada de discriminatoria, sino
que ha de acreditar la existencia de indicios que generen una
razonable sospecha, apariencia o presunción a su favor.
En mi caso, producto de una legítima -y aunque no lo hubiera sido- reclamación laboral de todo el colectivo de la especialidad de Turismo medioambiental.
Para
que entre en juego el desplazamiento de la carga probatoria, se
requiere un principio de prueba revelador de la existencia de un
fondo discriminatorio general o de hechos de los que surja la sospecha
de una discriminación. Presentada esta prueba, el empresario demandado
asume la carga de probar que los hechos motivadores de la decisión
son legítimos o, aún sin justificar su licitud, se presentan
razonablemente ajenos a todo móvil atentatorio de derechos
fundamentales.
Muchas Gracias a "Jau" Lerga...
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